La solicitud se realiza un mes antes del comienzo de las prácticas
Para poder pedir la exención del módulo profesional de formación en centros de trabajo (FCT), se indican a continuación una serie de instrucciones:
NORMATIVA DE APLICACIÓN
Capítulo II de la Orden de 28 de septiembre de 2011, por la que se regulan los módulos profesionales de formación en centros de trabajo y proyecto para el alumnado matriculado en centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
DESTINATARIOS.
Podrán solicitar la exención total o parcial del módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo por su correspondencia con la práctica laboral, todos aquellos alumnos y alumnas que acrediten una experiencia laboral de al menos un año a tiempo completo, relacionada con el ciclo formativo en el que estén matriculados que permita demostrar que la persona solicitante tiene adquiridos los resultados de aprendizaje del módulo profesional de formación en centros de trabajo. En el caso de contratos a tiempo parcial, los días de cotización deberán ser equivalentes a un año a tiempo completo.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.
La solicitud de exención, así como la documentación acreditativa, se presentará en la secretaría del centro docente (presencial o telemáticamente a través de presentación electrónica) donde el alumnado se encuentre matriculado y a las mismas se adjuntará la siguiente documentación:
Por el tipo de relación laboral:
a) Para trabajadores o trabajadoras asalariados:
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- Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social, del Instituto Social de la Marina o de la Mutualidad a la que estuvieran afiliadas, donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el período de cotización.
- Contrato de trabajo o certificación de la empresa donde hayan adquirido la experiencia laboral, en el que conste específicamente la duración de los períodos de prestación del contrato, la actividad desarrollada y el intervalo de tiempo en el que se ha realizado dicha actividad.
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b) Para trabajadores o trabajador autónomo por cuenta propia:
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- Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social o del Instituto Social de la Marina de los períodos de alta en la Seguridad Social en el régimen especial correspondiente.
- Descripción de la actividad desarrollada e intervalo de tiempo en el que se ha hecho la misma.
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c) Para trabajadores o trabajadores voluntarios o becarios:
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- Certificación de la organización donde se haya prestado la asistencia en la que consten, específicamente, las actividades y funciones hechas, el año en el que se han hecho y el número total de horas dedicadas a las mismas.
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PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN.
La solicitud, junto con la documentación correspondiente, deberá presentarla el interesado, al menos un mes antes de la fecha de inicio del módulo profesional de Formación en Centros de trabajo, del ciclo formativo de Formación Profesional Inicial en el que esté matriculado.
Cuando el alumno se matricule solo del módulo profesional de formación en centros de trabajo y si procede, el de proyecto, esta solicitud se entregará en el momento de formalizar la matrícula.
La solicitud debidamente cumplimentada se entregará en la SECRETARÍA del Centro docente (presencial o telemáticamente a través de presentación electrónica).
En caso necesario, el Equipo Docente del ciclo formativo podrá recabar por escrito a los interesados cuanta información complementaria considere conveniente.
RESOLUCIÓN DE LA SOLICITUD DE EXENCIÓN.
- Corresponde a la persona titular de la dirección del centro docente donde conste el expediente académico del alumno o alumna, resolver la solicitud de exención del módulo de formación en centros de trabajo, que podrá ser total o parcial.
- Los criterios objetivos de exención total o parcial, estarán descritos en las programaciones del módulo de FCT, correspondientes a cada ciclo formativo.
- La resolución de la exención será comunicada por escrito a la persona solicitante con al menos 10 días antes del comienzo de las actividades propias del módulo profesional de Formación en Centros de trabajo.
- Si se resuelve la solicitud como exención parcial, el alumnado deberá realizar aquellas actividades que el equipo docente del ciclo formativo determine para completar su formación.
RECLAMACIONES.
Los interesados podrán interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Delegación Provincial de la Consejería con competencias en materia de educación, que conocerá y resolverá el recurso por delegación de la persona titular de la Consejería.